Política local

Política local

Información sobre las acciones desarrolladas por el Ministerio en el ámbito local, en las vertientes de la cooperación tanto institucional como económica. Asimismo, podrá acceder al Sistema de Información Local y a la normativa sobre el régimen local.

El artículo 137 de la Constitución Española establece que el Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades autónomas que se constituyan; añadiendo que todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. En el ámbito de las Entidades locales, la Constitución otorga una especial relevancia a los municipios, al garantizarles su autonomía en el artículo 140, a la vez que establece que su gobierno corresponde a sus respectivos Ayuntamientos.

Partiendo de esta prevalencia del municipio, el artículo 141 prevé la existencia de otras entidades locales que se configuran como agrupaciones de municipios, que son la Provincia y la Isla, así como otras que puedan crearse.

La normativa básica reguladora de las Entidades que constituyen la Administración local está contenida en la Ley /1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de la Administración Local. En esta norma se regulan las instituciones de gobierno local y las competencias que les corresponden.

Además, en desarrollo de esta Ley, las Comunidades Autónomas han aprobado sus leyes respectivas que desarrolla la normativa básica, para lo que se tienen en cuenta, sobre todo, las peculiaridades de su territorio y la distribución de la población en cada Comunidad Autónoma.

Igualmente, las diferentes leyes sectoriales cuentan frecuentemente con previsiones y referencias a las atribuciones de las Entidades locales, por lo que también han de ser tenidas en cuenta para conocer con exactitud las competencias locales en cada Comunidad Autónomas y en cada sector de actividad.

Las entidades locales actualmente existentes en España son las siguientes.

  • El Municipio. Son 8.117 y constituyen la entidad básica de la organización territorial del Estado y los cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos.
  • La Provincia. El territorio español cuenta con 50, si bien en las 7 Comunidades Autónomas uniprovinciales sus atribuciones son asumidas por las correspondientes Comunidades Autónomas.
  • La Isla. En total son 11, Illes Balears (4) y Canarias (7).
  • Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipio instituidas o reconocidas por las Comunidades Autónomas. En la actualidad son 3.719.
  • Las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas. En la actualidad son 81, que se localizan en Cataluña (41), Aragón (32), País Vasco (7) y Castilla y León (1, El Bierzo).
  • La Áreas Metropolitanas. Son 3, situadas en Cataluña (1) y Comunidad Valenciana (2).
  • Las Mancomunidades de Municipios. En al actualidad son 1.018, que afectan a 6.190 municipios, es decir al 76 % del total.

Por último, la atención de los servicios que prestan las Entidades locales requiere de unos recursos financieros que periódicamente son revisados y que se han hecho efectivos mediante las sucesivas reformas normativas de la Ley de Haciendas Locales. Estas reformas han supuesto diferentes modificaciones y adaptaciones a una realidad cambiante y se han ido aprobando conforme las Entidades locales disponen de nuevas responsabilidades y deben atender nuevos servicios públicos y demandas ciudadanas.