Tráfico realizará controles diarios de alcoholemia hasta el próximo domingo

12/07/2011

Campaña de concienciación y control


Aumento del tiempo de reacción, problemas de visión, incremento de la somnolencia, pérdida de control, excitabilidad o  problemas de coordinación son sólo algunos de los efectos que provoca la ingesta de alcohol en la conducción, llegando a multiplicar por nueve el riesgo de accidente.

 

Por este motivo y teniendo en cuenta que el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante en un tercio de los accidentes mortales, Tráfico inició aye ry hasta el domingo 17 una nueva campaña de concienciación y vigilancia de alcohol en la conducción, en una época del año en el que el binomio ocio y alcohol está presente en numerosos momentos del día.

 

Durante una semana, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensificarán los controles, sobre este factor de riesgo de accidente, estableciendo más de 1.000 puntos de control con el objetivo de realizar 20.000 controles diarios de alcoholemia a conductores que circulen por carreteras de ámbito DGT. En Ceuta, en los controles cooperará la Policía Local, ya que, como en campañas anteriores se ha cursado invitación a los Ayuntamientos de más de 25.000 habitantes, para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos cascos urbanos, así como a la Comunidad Autónoma de Cataluña y País Vasco que tienen las competencias de tráfico transferidas.

 
 
LA VERIFICACIÓN DE LOS DATOS

En 2010, el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses realizó análisis toxicológico a 855 conductores fallecidos en accidente de circulación, de los cuales, 265 presentaron una tasa superior a 0,30g/l. Este dato, confirma el aportado por la DGT, de que en al menos un tercio de los accidentes mortales, el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante.

 

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

 

Fuente: Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

 

La ingesta de alcohol no solo está relacionada con una mayor accidentalidad, sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor relacionado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.

 

Aún con tasas de alcoholemia dentro de los márgenes legales permitidos, el  nivel de riesgo de accidente de tráfico puede llegar a multiplicarse por 9, de ahí, que desde Tráfico se haga un llamamiento a los ciudadanos para que el conductor no beba y se trate de impedir que otras personas que hayan bebido cojan el coche, no obstante, nunca se debe subir al coche con una persona que ha bebido.

 
 
 
 
 
 
 

Relación entre tasa de alcohol en sangre y riesgo de accidente

 
De 0,3 hasta 0,5g/l
(Inicio zona de riesgo)

El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 2

De 0,5 a 0,85g/l

(Zona de alarma)

El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 5

De 0,85 a 1,5g/l
(Conducción peligrosa)

El riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 9

De 1,6 a 2,5g/l
(Conducción altamente peligrosa)
Aumento tiempo de reacción
Peor percepción de distancia
Graves problemas de percepción

Graves problemas de percepción, de atención, de control y coordinación

Se subestima la velocidad
Problemas de visión
Grandes problemas de atención y coordinación
Problemas de coordinación
Incremento de la somnolencia
 

Pero no solo los conductores tienen riesgo de sufrir un accidente si conducen habiendo ingerido alcohol, los peatones, como los usuarios más débiles de la vía también tienen que estar el pleno uso de sus facultades físicas y mentales para transitar por la vía sin correr peligro.

 

Según datos del Informe Nacional de Toxicología del año 2010, de los 211 peatones analizados, el 24,17% presentaban tasas superiores al 0,3 g7l de alcohol.

 

Menor percepción o percepción equivocada de su entorno, pérdida de visión y mayor asunción de riesgos, son algunas de las consecuencias que se derivan de la ingesta de alcohol, aumentando la posibilidad de sufrir un atropello.

 

HACIA LA CONSOLIDACIÓN DE UN CAMBIO DE COMPORTAMIENTO

 

En 2010, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó 4,5 millones de pruebas en controles preventivos de alcoholemia, resultando positivas 81.3390, un 1,8%, un porcentaje de positivos que continua descendiendo gracias al cambio de comportamiento de los ciudadanos y a las medidas puestas en marcha para tratar de retirar a los conductores ebrios de la carretera.  

 

A pesar de este cambio de comportamiento, desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal (diciembre de 2007) referente a los excesos de alcohol, 50.101 personas hayan sido detenidas por conducir con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro, lo que supone que dos de cada tres delitos contra la seguridad vial están relacionados con el alcohol.

 

NORMATIVA APLICABLE

 

- LEY DE SEGURIDAD VIAL

En el artículo 65 de la Ley se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos.

 

También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica.

 

Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 500 € y la retirada de puntos correspondiente, según la tasa.

 

Las tasas máximas del alcohol permitidas para conducir son

 
 
CONDUCTORES
 
LÍMITE EN SANGRE
 
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
 
(1) GENERAL
 
0'5 gr./l
 
0'25 mg/l
 
(2) PROFESIONALES
 
0'3 gr./l
 
0'15 mg/l
 
(3) NOVELES
 
0'3 gr./l
 
0'15 mg/l
 

- EN EL PERMISO POR PUNTOS

El sistema de Permiso por Puntos fija las siguientes pérdidas de puntos por conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:

 

-Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.

 

- Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.

 

- También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia.

 

Desde la implantación de la Ley que regula el Permiso por Puntos, alrededor del 11% de los infractores sancionados y del 14% de los puntos detraídos han sido por conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida.

 

- CÓDIGO PENAL

El Código Penal, en su capitulo IV tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico, y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol:
 
DELITO
PENAS
 
 
ALCOHOL

Tasas superiores a:

- 0.60 mlgr/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
 

Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negativa a someterse a las pruebas.

Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años