Consejo de Ministros
Real Decreto por el que se aplican las medidas previstas en el Real Decreto-ley 2/2019, para paliar daños causados en infraestructuras municipales y red viaria, a otras situaciones catastróficas registradas entre enero de 2018 y marzo de 2019

Consejo de Ministros <br/>Real Decreto por el que se aplican las medidas previstas en el Real Decreto-ley 2/2019, para paliar daños causados en infraestructuras municipales y red viaria, a otras situaciones catastróficas registradas entre enero de 2018 y marzo de 2019<br/><br/>

31/10/2019

240 municipios de seis comunidades autónomas, afectados por los temporales y no incluidos en anteriores medidas, podrán recibir también ayudas del Estado


Madrid, 31 de octubre de 2019.- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, sobre aplicación de las medidas previstas en el Real Decreto-ley 2/2019, de 25 de enero, para paliar daños causados en infraestructuras municipales y red viaria por diversas situaciones catastróficas registradas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2019.

Daños causados por temporales

El artículo 1.2 del mencionado Real Decreto-ley 2/2019 establece un régimen de ayudas por los daños causados por los temporales de lluvias torrenciales, nieve, granizo y viento, inundaciones, desbordamientos de ríos y torrentes, pedrisco, fenómenos costeros y tornados, así como incendios forestales u otros hechos catastróficos acaecidos.

Por otro lado, desde el mes de enero de 2018 hasta marzo de 2019 se han producido más daños causados por temporales no cubiertos por el Real Decreto-ley mencionado. Para abordar las otras situaciones no contempladas, el Gobierno aprueba hoy este Real Decreto, que permitirá aplicar las medidas previstas en el Real Decreto-ley a sucesos de características similares en las fechas señaladas.

Recibida la información sobre aquellos acontecimientos de naturaleza catastrófica que requirieron por su intensidad la activación del plan de emergencia autonómico correspondiente, con incorporación de medios estatales, se concluye que presentaban características asimilables a los que fueron incluidos en los acuerdos del Consejo de Ministros de 7 de septiembre, 19 de octubre y 2 de noviembre de 2018, por los que se declararon distintas comunidades autónomas, provincias y municipios “zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil”.

A través de las Delegaciones del Gobierno se han identificado así daños causados por otros episodios registrados en diversos puntos de la geografía nacional en el periodo citado, en concreto, en 249 municipios localizados en las siguientes comunidades autónomas:

  • Aragón, provincias de Huesca (87 municipios) y Zaragoza (65)
  • Principado de Asturias (28)
  • Cantabria (48)
  • Galicia, provincia de A Coruña (municipio de Rianxo)
  • Comunitat Valenciana, provincia de Valencia (19)
  • Región de Murcia (municipio de Los Alcázares).

Cofinanciación Estado-administraciones territoriales

El artículo 7 del Real Decreto-ley 2/2019 faculta al Ministerio de Política Territorial y Función Pública a establecer el procedimiento para la concesión, seguimiento y control de una subvención de hasta el 50 por ciento del coste de los proyectos directamente relacionados con los siniestros que ejecuten los ayuntamientos, las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares, las comarcas, las mancomunidades y las comunidades autónomas uniprovinciales relativos a  la reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de los cabildos insulares y de las diputaciones provinciales. Se excluyen, expresamente, los trabajos llevados a cabo con medios propios de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal.